lunes, 26 de julio de 2010

ZONA FRANCA




Son establecimientos públicos del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, prestarán un servicio público y no perseguirán fines de lucro.

Las zonas francas se ubicarán en áreas delimitadas por los estatutos respectivos y gozan de normatividad aduanera especial. Existen dos tipos de zonas francas:

1. ZONA FRANCA COMERCIAL: Promueve y facilita el comercio internacional de artículos producidos dentro o fuera del territorio nacional.

2. ZONA FRANCA INDUSTRIAL: Promueve y desarrolla el proceso de industrialización de bienes destinados fundamentalmente a los mercados externos.

Las zonas francas no pagarán impuesto, contribuciones, gravámenes, rentas de carácter nacional.
Por otro lado, el gobierno debe colaborar en lo siguiente:

Brindar a las zonas francas buenas condiciones para competir con eficacia, estrictos controles para que los productos almacenados no ingresen ilegalmente al país, facilitar la exportación de bienes del resto del territorio aduanero a las zonas francas, determinar los bienes fabricados y almacenados en zona franca que pueden introducirse al mercado nacional.

Dentro del área de las zonas francas pueden haber instituciones financieras bajo la vigilancia de la superintendencia bancaria , la cuál limitará las operaciones de ésta.

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